La Fundación Bancaria Caja de Ahorros de Asturias se creó por acuerdo de transformación, en cumplimiento de Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias, adoptado por la Asamblea General de Cajastur, celebrada el 23 de julio de 2014, en la que se aprobaron asimismo los estatutos de la Fundación, la dotación fundacional de la misma y la composición del Patronato. La Fundación está inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
La Fundación tiene finalidad social y orienta su actividad principal a la atención y desarrollo de obras sociales, centrándose, fundamentalmente, en favorecer el progreso del Principado de Asturias. La Fundación podrá realizar estas actividades tanto de forma individual como en colaboración con otras entidades o instituciones públicas o privadas tanto dentro como fuera de Asturias.
El Patronato es el máximo órgano de gobierno, representación y administración de la Fundación Bancaria Caja de Ahorros de Asturias, y estará formado por entre cinco y quince miembros (el acuerdo fundacional fijó la composición en nueve patronos), que pertenecen a cinco grupos diferentes: entidades fundadoras de la Caja de Ahorros (Junta General del Principado y Ayuntamiento de Gijón); entidades representativas de intereses colectivos en el ámbito de actuación de la Fundación; personas privadas, físicas o jurídicas, que hayan aportado de manera significativa recursos a la Fundación; personas independientes de reconocido prestigio profesional en materias relaciones con los fines sociales de la Fundación; y personas con conocimiento y experiencia específica en materia financiera.
El origen de la Fundación Bancaria Caja de Ahorros de Asturias se encuentra en Cajastur, entidad financiera nacida de la fusión, en 1946, del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Oviedo (que se había creado al final de 1880) y la Caja de Ahorros Municipal de Gijón que el 1 de junio de 1929 había iniciado su actividad; y que en el año 2009 integró en su grupo a Banco de Castilla-La Mancha, controlando un 75 por ciento del capital.